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Publicado miércoles, Jun 24

Vehículos que transportan personas con discapacidad estarán exentos de restricciones de pico y placa

La medida busca garantizar la movilidad de las personas con discapacidad y está contemplada en la normativa nacional vigente.

Los vehículos que habitualmente sean utilizados para transportar personas en condición de discapacidad, o que sean conducidos por ellas, podrán quedar exentos de las medidas de restricción vehicular que aplican departamentos y municipios, como el pico y placa. Esta disposición está respaldada por la Ley 1618 de 2013 y su reglamentación correspondiente.

De acuerdo con la normativa, las autoridades de tránsito deben incluir expresamente esta excepción dentro de las restricciones de movilidad que adopten. El beneficio está dirigido a personas cuya condición motora, sensorial o mental limite su capacidad de desplazamiento.

Para acceder a la exención, es necesario que la persona beneficiaria y el vehículo cumplan una serie de requisitos establecidos por las autoridades de tránsito. Entre ellos se encuentran la acreditación de la condición de discapacidad, la documentación vigente del automotor y la inscripción en las bases de datos correspondientes. La excepción aplica para un vehículo por cada beneficiario.

Asimismo, el Ministerio de Transporte ha precisado que la medida también cobija los desplazamientos que se realicen para recoger a la persona en condición de discapacidad, siempre que el vehículo esté registrado dentro del esquema de exención.